Los fotovoltaicos estudian recursos contra la CNE por una circular sobre el recorte de horas con prima

Creado: Mié, 12/28/2011 - 12:44
Autor: energelia

Más de 37.000 instalaciones han dejado ya de percibir la prima de 2011

Los fotovoltaicos siguen dispuestos a recurrir cualquier desarrollo normativo o administrativo relacionado con el real decreto ley 14/2010, y como parte de esta determinación analizan ahora si presentar recursos en contra de una circular reciente de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) acerca del procedimiento para calcular las horas anuales con derecho a prima.

Fuentes de la Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF) indicaron a energelia que se están estudiando recursos ante la Audiencia Nacional en contra de la circular 3/2011 de la CNE en la que, entre otras cosas, se define la metodología para calcular las horas con derecho a prima y se fija la forma en que se dejará de pagar a las instalaciones. El plazo para los recursos es de dos meses.

La circular fija aspectos técnicos, como que el mes en el que se haya alcanzado el máximo anual de horas con derecho a prima debe cobrarse entero, pero merece el rechazo para ASIF porque no deja de ser un acto administrativo firme derivado del real decreto ley 14/2010.

Este real decreto ley, con medidas urgentes para acabar con el déficit de tarifa, comtemplaba una limitación en las horas anuales con derecho a prima de las plantas fotovoltaicas para ahorrar 740 millones de euros al año al sistema eléctrico. Como la medida se aplica a plantas del real decreto 661/2007, el sector denuncia que es retroactiva e ilegal.

En agosto empezaron a cumplirse las horas anuales con derecho a prima. Ese mes, 1.581 plantas se quedaron sin retribución por haber completado las horas, mientras que en septiembre fueron 15.604. La CNE calcula que en octubre había un total de 37.300 instalaciones que venden a mercado sin el complemento de la prima.

Liquidaciones definitivas

Los promotores se ha propuesto denunciar las liquidaciones de la CNE, si bien la Audiencia Nacional falló recientemente que estos recursos solo pueden presentarse cuando estas liquidaciones sean definitivas, y no provisionales.

ASIF lamenta la decisión de la Audiencia Nacional, porque a efectos prácticos implica que los promotores no pueden denunciar el recorte hasta dentro de dos años, que es el plazo que tardan en emitirse las liquidaciones definitivas.

EP